ESFERAS DEL DIQUIS: A PROPÓSITO DE LA DENUNCIA SOBRE EL TRASLADO OCURRIDO EN PALMAR SUR (PARTE 02)

Foto extraída de nota de Ifigenia Quintanilla, titulada "Una arqueóloga ajena al espectáculo", mayo del 2017, cuya lectura completa se recomienda al evidenciarse una lectura errada por parte de las autoridades nacionales en la organización de un reciente "festival de esferas"

Cuatro sitios declarados Patrimonio Mundial de muchos más
La península de Osa resguarda una enorme cantidad de sitios con esferas precolombinas. Se trata de un vasto territorio que ameritaría, desde el punto de vista arqueológico, una mayor protección por parte del Estado. Una de las esferas que se puede observar en la ciudad norteamericana de Boston fue extraída de Finca 5, cuando los propietarios de fincas bananeras de los años 40 en Costa Rica decidían ellos mismos qué hacer con estas esferas (véase nota de ICOMOS del 2012).

Son muchas esferas en muchos sitios, y sería muy oportuno que el Estado proceda a clasificarlos en función de su importancia y de su valor arqueológico, estableciendo algún tipo de zonificación. Esta clasificación /zonificación permitiría a las autoridades costarricenses concentrar sus esfuerzos en ciertos sitios, con la ayuda de las comunidades aledañas a estos. Nótese que la UNESCO coloca el beneficio a las comunidades aledañas a sitios declarados como patrimonio mundial como una prioridad de su accionar. Subyace a esta idea central la de asesorarlas, capacitarlas y empoderarlas en la identificación, conservación, valorización y conocimiento técnico de esos sitios únicos a nivel del planeta. Ante las serias limitaciones del Estado costarricense en la materia, iniciativas provinientes de centros académicos, entidades estatales desconcentradas y de la sociedad civil pueden permitir alcanzar estos loables objetivos.

En un artículo titulado precisamente "Oportunidad para rectificar", que tuvimos la oportunidad de publicar en julio del 2014, indicábamos que:

"El cantón de Osa fue declarado hace exactamente 20 años "cantón de interés arqueológico" mediante el Decreto Ejecutivo 23387-C del 22/06/1994. Unas 20 primaveras más tarde, en el marco de la XXXVIII sesión del Comité de Patrimonio Mundial realizada en la ciudad catarí de Doha, la UNESCO declaró oficialmente el pasado 23 de junio del 2014 como Patrimonio Mundial Cultural de la Humanidad las esferas precolombinas ubicadas en cuatro sitios del sur de Costa Rica. El comunicado de prensa del Museo Nacional de Costa Rica con relación a esta declaratoria precisa que: “Es importante mencionar que uno de los principales compromisos asumidos por el Estado de Costa Rica es efectuar un estudio de impacto patrimonial, a fin de contar con un desglose detallado de los factores que podrían incidir en forma negativa en el futuro de los cuatro sitios declarados; así como el pronto diseño de estrategias de mitigación”.

Un "estudio de impacto patrimonial" es una novedosa herramienta que debiera ser ampliada a toda la Zona Sur, y regulada en las demás regiones del país en las que permanecen bajo tierra vestigios arqueológicos. A la fecha, no se tiene información sobre el estado en el que se encuentra este estudio que Costa Rica se comprometió a entregar a la UNESCO al recibir la declararatoria en junio del 2014.

En esta nota oficial de la UNESCO sobre las esferas del Diquis, se lee que: "It seems essential for the success of the management plan implementation that the financial and human resources required for the administration and management of all four site components will be available to the National Museums of Costa Rica, to allow for site managers and guardians to be present on site. For the future protection and conservation of the Precolumbian Chiefdom Settlements with Stone Spheres of the Diquís it also seems essential that Heritage Impact Assessments are undertaken for any proposed developments which might have the potential to negatively impact the property".

Mapa de ubicación de sitios arqueológicos con esferas precolombinas en la zona sur de Costa Rica elaborado por el Museo Nacional, órgano adscrito al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes. Extraído de nota de ICOMOS

Nótese que la última frase refiere a posibles proyectos futuros que puedan impactar significativamente estos sitios declarados patrimonio de la humanidad y que la UNESCO es muy vigilante en torno al respeto que los Estados deben tener con los sitios de este tipo, y su entorno inmediato: ello significa un rediseño de políticas públicas que integre estos sitios dentro de un entorno que trascienda los linderos de las cuatro propiedades de estos sitios. El respeto a la integridad del Patrimonio de la Humanidad obliga a preservar no solamente sitios, sino restringir el uso del suelo en propiedades circundantes, en aras de preservar su entorno paisajístico, social y natural.

En otras palabras, un Estado que alberga en su territorio vestigios precolombinos considerados como Patrimonio Mundial de la Humanidad por parte de la comunidad internacional, debería, en buena lógica, proceder a redefinir algunos aspectos de su política interna en la zona en la que se localizan.

La deuda histórica de Costa Rica con los pueblos indígenas, que se mantiene pese a innumerables declaraciones, estrategias y leyes persiste en la Zona Sur, como en tantas otras partes de Costa Rica: ello puede (al menos en parte) explicar esta falta de atención que se expresa en la poca valoración del legado cultural precolombino ubicado en el territorio costarricense. En este artículo del 2014 publicado en el Semanario Universidad, sobre las amenazas climáticas que enfrentan las esferas del Diquis, se puede leer que:

“Como costarricenses no nos hemos dado cuenta de los valores arqueológicos que tenemos y que están en riesgo".

También Costa Rica desde junio del 2014 hubiera podido extender su oferta turística a un sector preciso del volumen de visitantes internacionales. En particular cuando se trata de una zona como la Zona Sur, la cual mantiene los Indices de Desarrollo Humano (IDH) más bajos en Costa Rica. En este artículo titulado "Ambiente, Pueblos Indígenas y Megaproyectos: el caso de las esferas precolombinas de Costa Rica", publicado en julio del 2014, nos permitíamos referir a una posible estrategia regional al respecto: "Costa Rica entraría a formar parte del grupo de Estados que se benefician de un sector importante del turismo cultural y de las rutas de visitantes que siguen el patrimonio mundial en cada región o subregión del mundo. En ese caso se trataría de enlazar estas rutas con las ya existentes en Colombia, Panamá, Nicaragua, Guatemala y Honduras, Estados que cuentan con varios monumentos y sitios declarados Patrimonio Cultural de la Humanidad". Hay muchos más cambios en la política pública que esta importante declaratoria de la UNESCO hubiese podido incentivar desde y para la Zona Sur de Costa Rica.

Comunidades vigilantes ante amenazas a las esferas
Nótese que varias de las comunidades organizadas del Sur de Costa Rica se muestran particularmente vigilantes y atentas a cualquier daño causado a estas esferas precolombinas. Es gracias a sus acciones que se detectó un traslado a todas luces insólito en estos días recientes. Son muchas las amenazas que pesan sobre estas misteriosas esferas: están las relacionadas al inexorable paso del tiempo, las desacertadas decisiones de unos y otros, el saqueo, como bien lo ilustra esta reveladora nota titulada "El drama del silencio o el drama de El Silencio" de la arqueóloga Ifigenia Quintanilla.

Existen otras amenazas que provienen de acciones de entidades privadas (en particular de empresarios turísticos, o los dedicados a monocultivos, en particular a la producción de piña en pleno auge, como lo denunció la FECON el pasado 21 de abril, entre otros) así como del mismo Estado costarricense: la declaratoria de interés público por parte de la Presidenta Chinchilla de un aeropuerto internacional en la zona sur fue considerada como contradictoria con los esfuerzos de Costa Rica ante la UNESCO años después realizados por su administración. En el 2012, similares discusiones tuvieron lugar con relación al proyecto hidroeléctrico Diquis del ICE.

Con relación a la piña, el Estado costarricense parece inclinarse por favorecer este monocultivo, a punto tal que las comunidades afectadas y cansadas de clamar por justicia, han tenido que recurrir al sistema interamericano de derechos humanos (véase nota sobre audiencia ante la Comisión Interamericana celebrada en marzo del 2015). Nótese que la viabilidad ambiental otorgada por la Secretaría Técnica Nacional del Ambiente (SETENA) con base en un formulario D-1 a la empresa piñera que pretende ubicar 600,2 hectáreas de piña en Palmar Sur fue tramitada en de forma expédita y fue aprobada el 15 de diciembre del 2016 (véase resolución 2331-2016), recordando otros polémicos expedientes tramitados por la SETENA pocos días antes de las festividades de fin de año en Costa Rica. Se reproduce al final de este texto el comunicado de prens del Museo Nacional de Costa Rica con fecha del 12 de mayo del 2017 (Documento 2). En esta nota de La Nación del 15 de mayo, se lee que la SETENA omitió varias consultas a otras entidades públicas, posiblemente debido al "modo express" con el que tramitó este expediente.

Más allá de las aprobaciones decembrinas expéditas a las que están acostumbrados los abogados especializados en derecho ambiental en Costa Rica (y que usualmente terminan en los tribunales siendo consideradas ilegales), se puede apreciar cuán apetecida es la región del Diquis. En el caso de los dos megaproyectos anteriormente mencionados (aeropuerto en Palmar Sur y Proyecto Hidroeléctrico El Diquis del ICE), ambos han sido objeto de duras (y, en nuestra modesta opinión, fundamentadas) críticas en los últimos años: en el caso del proyecto del Diquis, la polémica con las poblaciones indígenas fue tal que dio lugar a la visita en tres ocasiones entre el 2011 y el 2013 del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Derecho de los Pueblos Indígenas, James Anaya: véase penúltimo informe de septiembre del 2013, Documento A/HRC/24/41/Add.4 disponible en la red, que concluye (punto 78) señalando que:

"78. El Relator Especial continuará monitoreando esta situación y el desarrollo del proceso de consulta entre el Gobierno y los pueblos indígenas concernidos con respecto al proyecto hidroeléctrico El Diquís."

En su informe de septiembre del 2014 Documento A/HRC/27/52/Add.4 (disponible en la red) leemos (página 22, punto 70) que:

"70. El Relator Especial lamenta que no consta en los archivos de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos una respuesta por parte del Gobierno de Costa Rica a su última comunicación del 25 de febrero de 2014. No obstante, valora el diálogo que ha mantenido con el Gobierno de Costa Rica desde la publicación de su informe de 2011 y los esfuerzos que ha dado el Gobierno en implementar las recomendaciones hechas por el Relator Especial".

En el 2016, Costa Rica finalmente adoptó mediante Decreto Ejecutivo una guía denominada "Construcción del Mecanismo de Consulta a Pueblos Indígenas" para garantizar una consulta previa e informada a las poblaciones indígenas. En este mes de mayo del 2017, las comunidades indígenas de Costa Rica han sido llamadas a validar o enmendar esta propuesta de las autoridades costarricenses (véase nota de Elpais.cr del 14 de mayo del 2017).

Los vestigios arqueológicos en Costa Rica y su protección
En la actualidad, el tema de los vestigios arqueológicos es a veces incorporado al Estudio de Impacto Ambiental (EIA), y no se tiene conocimiento de una decisión de la SETENA suspendiendo un proyecto por afectar el patrimonio arqueológico en una determinada zona. El saqueo y venta de objetos precolombinos es común en muchas partes de Costa Rica.

¿Qué ocurre cuando un determinado proyecto, de cierta envergadura, puede tener algún impacto en materia arqueológica? Muy poco, como lo veremos en las líneas que siguen, evidenciando algunas (graves) lagunas en la legislación vigente aplicable, la cual fue adoptada en 1981. El artículo 13 de la Ley 6703 precisa en efecto que: "Artículo 13 - Si al practicar excavaciones, para ejecutar obras públicas o privadas, fueren descubiertos objetos arqueológicos, por el propio dueño o por terceros, los trabajos deberán ser suspendidos de inmediato y los objetos puestos a disposición de la Dirección del Museo Nacional. El Museo Nacional tendrá un plazo de quince días para definir la forma en que se organizarán las labores de rescate arqueológico".

Todo proyecto, en particular de cierta envergadura, supone proceder a excavaciones a diferentes profundidades en el suelo. Es muy común encontrar esta afirmación en las decisiones de la SETENA: "El Arqueólogo Alexander Rodríguez Villegas, CI-152-2008, determina que no existen vestigios, ni restos arqueológicos que puedan verse afectados por el desarrollo del proyecto" (en este caso se trataba de la contrucción de un muro de retención de unos 100 metros de longitud, véase resolución de la SETENA 2153-2016, p. 2). En el caso de la ampliación de la represa hidroeléctrica de Brasil, en Santa Ana, se indicó que "La prospección arqueológica en la zona de impacto no evidencia ningun afloramiento o depósito de restos arqueológicos" (véase texto de informe de consultoría, página 4).

En el caso de la represa hidroeléctrica del Reventazón realizada por el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), se hallaron objetos de más de 12.200 años AC, sin que ello significara un rediseño de las obras (véase nota de La Nación del 2015). En el EIA del Proyecto Pailas II del ICE, se lee (véase texto del EIA) que: " "Con el propósito de proteger el Patrimonio Nacional Arqueológico el responsable ambiental deberá velar por el cumplimiento de las medidas de prevención, mitigación y compensación (prospección, supervisión de movimientos de tierra en casa de máquinas, cercar sitios funerarios en terrenos adquiridos por el ICE, traslado del petroglifo Zapote, charlas de sensibilización a la población) planteadas en este documento. Estas medidas se ejecutarán durante la etapa de construcción del proyecto; en el caso de la prospección deberá realizarse con antelación a cualquier movimiento de tierra ya que de este estudio puede derivarse una evaluación o rescate arqueológico " (p. 31). A inicios del mes de mayo del 2017, se informó del traslado de un petroglifo por parte de los encargados del proyecto Pailas II del ICE (véase nota de La Nación).

La declaración de un perito incluido en un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) financiado por la empresa a cargo de un proyecto es un primer paso. El cuido que la empresa a cargo de un proyecto quiera tener con estos vestigios depende del valor que les atribuya. El ICE sí pareciera tenerlo, y sería muy oportuno revisar cuáles son las demás empresas a cargo de proyectos hidroelectricos alertando a las autoridades sobre la presencia de objetos de valor arqueológico en el sitio de su proyecto, en aras de tener una respuesta a la siguiente pregunta: ¿Sólamente el ICE detecta vestigios arqueológicos al realizar una represa hidroeléctrica en Costa Rica?

Como se puede apreciar de las líneas anteriores, las regulaciones vigentes y el mecanismo previsto se basan en el interés que pueda demostrar el proyectista en lo que encuentra al excavar una zona determinada con su maquinaria:

- si desea proteger vestigios arqueológicos, acude a las autoridades del Museo Nacional de Costa Rica.

- si no desea hacerlo, los sepulta bajo tierra. Puede ser que el ojo atento de algunos de sus operarios brillen al detectar la presencia de objetos antiguos en cada movimiento de tierra: en este caso, es muy posible que los ojos del jefe de la cuadrilla o supervisor brillen aún más que el de sus subalternos.

Resulta claro que, cuando se habla de una zona en la que existen vestigios de alto valor arqueológico de interés mundial, esta regulación resulta a todas luces insuficiente. En zonas con estas características, estas regulaciones debieran ser sustancialmente modificadas, y es probable que la UNESCO se muestre atenta al accionar del Estado costarricense en este preciso ámbito, en particular con relación a las recomendaciones hechas desde el 23 de junio del 2014.

Nótese que el recurrir a las autoridades del Museo Nacional es un buen primer paso. Pero lamentablemente, lleva al proyectista a extraer las piezas consideradas de importancia por el Museo Nacional, dejando todo lo demás para proseguir con su proyecto. La historia del suelo en la que se encontraron estas piezas se borra conforme avanza la excavadora. Precisamente, en una reciente nota sobre el uso del formulario D-1 usado por la SETENA, titulada "¿Qué es un D1 de arqueología y cómo determina las decisiones sobre el patrimonio de Costa Rica?", la arqueóloga Ifigenia Quintanilla concluye su texto advirtiendo que:

"La práctica actual de la arqueología que surge a partir de los D1 se orienta a “liberar” terrenos. La arqueología se convierte en una herramienta técnica para permitir el desarrollo de los proyectos amparada en el criterio del salvamento de los objetos y de la información. Esta tendencia a mediano y largo plazo mostrará un país desprovisto de sitios arqueológicos, con información fragmentaria y a un cúmulo de objetos depositados en las bodegas del Museo Nacional sin posibilidades de ser mostrados ni puestos en valor".

(CONTINUA...)

Fonte: http://derechointernacionalcr.blogspot.com.br/2017/04/esferas-del-diquis-vecinos-denucian.html

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